Había perdido en primera instancia, pero la Audiencia Provincial de Madrid, en una sentencia de la que se ha tenido conocimiento en el día de hoy a través de El País condena Tele 5 y a los responsables de los programas «Aquí hay tomate» y TNT a indemnizar a Gonzalo Miró en la suma de 300.000 euros por intromisión ilegítima en el derecho a la intimidad personal y familiar, así como de abstenerse en lo sucesivo de especular sobre la identidad de su padre; aunque los condenados han recurrido, es de suponer que la sentencia sea confirmada por el TS.
Esta sentencia es una buena noticia para el estado de derecho y para el sentido común de todos los ciudadanos que creemos en el derecho a la intimidad. Las leyes se aprueban para ser cumplidas, reflejan las normas de conducta que los ciudadanos nos imponemos en nuestra sociedad a través de nuestros legisladores -a quienes elegimos democráticamente-, y no es posible su permanente transgresión por parte de pseudoperiodistas faltos de escrúpulos que viven y enriquecen sus bolsillos a costa de hablar de los demás y atentar a su intimidad personal y familiar, mintiendo y/o especulando con la verdad de forma indecente. Los numerosos programas basura deben de desaparecer de las televisiones públicas y privadas por higiene mental, y cuanto antes mejor.
Actualmente nuestro ordenamiento jurídico incluye leyes que permiten la exigencia de responsabilidades civiles, y en algunos casos penales, a quienes no respetan el derecho a la intimidad personal y familiar. Sólo hace falta aplicarlas e interpretarlas debidamente poniendo límites a los excesos de la libertad de expresión y estableciendo indemnizaciones elevadas para evitar que sea rentable su incumplimiento. Los jueces y los fiscales tienen que tomar conciencia de que está en sus manos acabar definitivamente con la TV-basura.








