Ya se conoce el contenido de la sentencia del Tribunal Supremo en el «caso Bono», que absuelve a los tres policías condenados por la Audiencia Provincial, al considerar justificada la detención de los dos militantes del PP . La sentencia es muy crítica con el presidente del tribunal de la Audiencia Provincial de Madrid, que condenó a los agentes a penas de tres y cinco años de cárcel, al afirmar que el magistrado Manuél Hidalgo usurpó las labores del juez instructor en el interrogatorio a los acusados y vulneró el principio acusatorio.
La resolución mantiene que «…la detención se adoptó en el curso de una causa por delito, ante la existencia, en principio, de un delito de atentado o de lesiones…», añadiendo que «… el delito de atentado no es exclusivamente la agresión física, sino que incluye otras formas de agresión y acometimiento que supongan un menosprecio y un ataque a la dignidad de la función pública…», por lo que que las detenciones «… en modo alguno pueden ser calificadas de arbitrarias…».

Pese a la evidencia de la conducta supuestamente delictiva de los detenidos, el PP llegó a afirmar en su día que se trataba de «…una acción político-policial propia de las dictaduras…»; conductas que bien conocen, por razones genéticas.
Me congratula comprobar que uno de los Magistrados que componían la Sala era Luciano Varela, un gran profesional de integridad contrastada, a quién tuve el gusto de conocer y tratar hace años a su paso por Asturias.
Al concocer el contenido de la sentencia Bono ha manifestado que el Supremo ha visto «…lo que vio toda España, pero que al parecer no vieron los tres Magistrados de la Audiencia Provincial de Madrid y los lideres del PP…». Y es que la miopía congénita de nuestra derecha parece no tener remedio.







