¿Tienen los jueces derecho a la huelga?

(Viñeta de Manel Fontdevila, en PUBLICO)
Miles de expedientes en tramitación se acumulan en las estanterías de muchos juzgados de este país; y, lo que es peor, el hacinamiento se extiende por las sillas, el suelo, el cuarto trastero, y por cualquier otro lugar en donde exista un espacio físico para apilar los legajos. Es un desorden que transmite una sensación de desidia, en parte voluntaria y en parte motivada por la falta de medios adecuados para trabajar con plena eficacia. Debo reconocer que faltan medios adecuados, pero no puede negarse el esfuerzo que vienen efectuando en los últimos años los sucesivos gobiernos, tanto socialistas como populares; el número de organos judiciales ha aumentado de manera muy importante, y no puede afirmarse -salvo casos excepcionales- que carezcan de personal suficiente.
¿Qué está fallando?. Quizás podríamos hablar de tres causas con distintos tratamientos para encontrar una adecuada solución:
-1ª) Nuestras leyes procesales, aquellas que regulan la tramitación de los procedimientos judiciales, son excesivamente garantistas, e incluyen plazos y requisitos, en muchos casos innecesarios, que motivan dilaciones innecesarias.
-2ª) Los sistemas informáticos en la administración de justicia están obsoletos, y requieren una importante inversión para modernizarlos. tanto en software como en hardware.
-3ª) Los funcionarios deben mentalizarse que su situación de privilegio -puesto de trabajo de por vida- no les faculta para decidir a la carta sus jornadas de trabajo, que la mayoría no cumplen en tiempo y dedicación. Y si alguien tiene alguna duda, puede comprobarlo permaneciendo a la puerta del juzgado donde resida entre las 8,30 horas y 9,30 horas, para averiguar quienes llegan puntuales y quienes se retrasan.
Y hablando de los jueces, los mismos que ahora amenazan con ponerse en huelga, en 34 años ejerciendo como abogado he conocido de todo; tengo que reconocer que la mayoría son cumplidores y resuelven los asuntos que se les encomiendan, pero una minoría muy significativa está inmersa en retrasos judiciales injustificables, por desidia o incompetencia, gozando de plena impunidad. Y es llamativo observar como algunos jueces tienen su juzgado al día, y en el mismo edificio otros con similar trabajo retrasan sus sentencias meses e incluso años.
Hoy escuchaba como un juez justificaba su derecho a la huelga en base a que no existe prohibición expresa en nuestra Constitución, y por considerarse un trabajador más. Tiene razón pero se equivoca; un trabajador no funcionario puede ser despedido por incumplimiento de su horario laboral o por no rendir adecuadamente en su trabajo, mientras que un juez “trabajador” puede permitirse el lujo de llegar a su despacho a las 10 de la mañana, finalizar su jornada laboral a las 14 horas, tener sentencias sin dictar durante meses, manteniendo intacto y de por vida su puesto de trabajo (a lo sumo, si es un incumplidor reincidente, podrá ser sancionado con una multa simbólica, que muchos la querrían por aparcar en doble final).

(Viñeta de Vergara en PUBLICO)
Pero contestando a la primera pregunta, parece evidente que los jueces, como componentes de uno de los tres poderes del Estado, no tienen derecho a ponerse en huelga, al igualmente que quienes pertenecen a los poderes legislativo o ejecutivo; al menos ésta parece ser la opinión más extendida. La duda que mantengo es la de saber quién sería competente para resolver si es o no legal la huelga de jueces, ¿un juez?; lo que nos faltaba, que se convirtiesen en jueces y parte.





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