Feb

27

TRIBUNALES: El Tribunal Constitucional pone en peligro el principio de seguridad jurídica

Publicado en SInLaVeniA por Fernando de Silva

La sentencia del Tribunal Constitucional que sitúa a los Albertos en situación de impunidad, al exonerarles de toda responsabilidad criminal por el delito de estafa al que fueron condenados por el Tribunal Supremo, constituye una ofensa a la inteligencia de cualquier jurista que se precie de tal, y crea una incertidumbre sobre el principio de seguridad jurídica, imprescindible en un Estado de Derecho respetuoso con la tutela judicial efectiva y el trato igualitario de los ciudadanos ante la ley.

Por sentencia de 14 de marzo de 2003 el TS condenó por delito de estafa y falsedad en documento mercantil a Alberto Alcocer y a Alberto Cortina, al quedar probado que ambos engañaron a sus socios durante la venta de los terrenos donde se construyeron las Torres KIO en Madrid, propiedad de la sociedad Urbanor. La pena impuesta a cada uno de ellos, que necesariamente deberían de cumplir, fue la de tres años y cuatro meses de cárcel; y se calcula que la cantidad pendiente de abonar a sus socios por la estafa cometida asciende a 40 millones de euros.

Ahora el Tribunal Constitucional, con una sentencia sin precedentes, deja sin efecto la condena por entender que el delito ha prescrito, cometiendo un doble y gravísimo error de:

-1º) Entrometerse a resolver sobre la prescripción, que es una cuestión de legalidad, y que por ello corresponde en exclusiva decidir a los órganos judiciales ordinarios, al no afectar a la tutela judicial efectiva; cometiendo con ello un exceso en sus atribuciones.

-2º) Admitir en todo caso la prescripción tomando como fecha de partida, no la de presentación de la denuncia o querella, sino la de su admisión a trámite; lo que supone -como establece el Magistrado Ramón Rodríguez Arribas en su voto particular- que “…obliga incluso a prevenir los retrasos de los órganos jurisdiccionales para calcular cuantos días antes de la fecha limite del periodo de prescripción ha de actuarse para evitar que el delito quede impune…”.

De prosperar y generalizarse este criterio la prescripción de las denuncias o querellas podría producirse por los habituales retrasos en ser admitidas a trámite, dejando desprotegidos a cuantos perjudicados acudiesen en plazo a los tribunales penales denunciando hechos delictivos; los abogados en ejercicio somos conocedores de que muchas denuncias o querellas tardan incluso meses en ser admitidas a trámite, y el llegar o no a tiempo quedaría en manos de la mayor o menor celeridad de los jueces encargados de la instrucción en materia criminal.

Nunca en 34 años de ejercicio profesional he conocido un criterio tan arbitrario como el que, como una frivolidad tan sólo atribuible a una ignorancia inexcusable, establece ahora el Tribunal Constitucional; y su aplicación podría producir el inmediato archivo de miles de diligencias penales actualmente en trámite.

Comprendo el malestar del Fiscal General Sr. Conde-Pumpido, que discrepa “total, radical y profundamente” con la resolución del Tribunal Constitucional, considerando que con la sentencia dictada se vulnera “el derecho de los perjudicados a cobrar la indemnización pertinente“. Y todos debemos de confiar en que la Sala de lo Penal de Tribunal Supremo actúe para impedir que este criterio pueda generalizarse.

No entiendo cómo unos Magistrados del Tribunal Constitucional pueden dar amparo a unos delincuentes condenados por un delito de estafa, dejando en absoluta indefensión a los perjudicados. No deberíamos de pensar que han renunciando a su imparcialidad para dejar impunes a dos personas influyentes; pero resulta inexplicable el contenido de la resolución dictada.

El Tribunal Constitucional nos demuestra con esta resolución que la justicia no es igual para todos; y que el poderoso -con dinero- puede quedar impune. No quiero pensar mal, pero no puedo evitarlo.

(publicado aquí en www.elplural.com)


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12 Respuestas

Solo para una prueba. Posteo desde el móvil. Por lo demás, suscribo la opinión de D. Fernando. La posibilidad de conectar desde cualquier sitio es otro triunfo de la técnica. Saludos a todos ¡Desde la calle y sin ordenador!

Don Alejandro ¿que hace a estas horas por la calle? Menudo peligro, ahora también con el movil.

Estoy totalmente de acuerdo con las valoraciones que hace el Sr. silva respecto a la más que aberrante resolución del TC. De este fallo se podrá decir de todo, porque no tiene excusa posible, más que la deliberada malidicencia del autor o autores, aunque también podrá achacarse a la falta de r5esponsabiidad de estos jueces, que amparados en una denominada independencia, en realidad lo que hacen es amapararse en la más que total y absoluta impunidad. alquien que ha cometido ese tremendo -llamésmolo error- no puede considerarse cpacitado para seguir ejerciendo la función que se le encomendó y es merecedor de la inmediata inhabiitación para el cargo. Por supuesto, después de abrir el correspndiente expediente o si fuera el caso las diligencias que procedieran. Y ello porque la gravedad del hecho cometidos por estos señores de la justicia, no sólo da protección a dos delincuentes de guante blanco, sino que además, da muestras, como dice el Sr. Silva, de una penosa ignorancia de lo que es la figura jurídica de la prescripción, amén de dejar desamparados a los perjudicados y con el "culo al aire" al TS, que es la única instancia legitimada para juzgar los hechos cometidos.

Siendo demócrata y constitucionalista, me apunto, en este momento, al cese de los magistrados del  TC, por imprudencia grave, como acusación benévola. Penosos descubrir que nuestra administración de justicia se encuentra controlada por tan míseros profesionales. De ahí abajo, ninguno.

D. Fernando, Sr. Moba:
Suscribo en líneas generales, lo señalado por vds., tal vez no con la "sangre" que señala el Sr. Moba, pero indudablemente con la firmeza y resolución que merece la circunstancia.
D. Fernando, me he tomado la libertad de postear desde el móvil tras sucribir una tarifa plana para éste, y uno -inexperto en estas lides- no tiene otra solución que la prueba -más arriba- para evaluar la capacidad del teléfono. De este modo, en las largas esperas -que vd. conoce perfectamente- me podré conectar a SInLaVeniA para criticar -entre otros- a mi siempre querido y buen amigo Moba.

Bueno pero a los Albertos no me los toquen. Si no existieran habría que inventarlos.

Coincido en lo esencial con el Sr. Silva y el Sr. Moba y en principio me parece que la actuación del TC no tiene justificación, de todos modos creo que deberíamos ser prudentes y esperar a la publicación de la Sentencia y ver si hay votos particulares, pues tengo entendido que la Sentencia todavía no se publicó en el BOE. 

Según las informaciones además de reconocer que los Albertos "trincaron" y valorar el tema de la prescripción; creo que la estimación del recurso es por vulneración de la tutela judicial efectiva, seguramente el asunto estará cogido de los pelos, pero yo prefiero esperar a examinar la Sentencia; si los Albertos además de sus influencias tienen buenos letrados, sabemos que todo es posible en derecho y más en el Constitucional.
Saludos.

Cada vez nos parecemos más a los USA, pero en lo malillo, bipartidismo y una justicia manipulable que si tienes € e influencias, pues acabas escapandote de todo.

Por cierto, Sr. Moba, Sr. Harto, Sr. Fernando, ¿cuantas sentencias injustas conocen? ¿Cuántas sentencias cercanas a la prevaricación? Esta es una más, pero de personajes muy conocidos, muy ricos y muy corruptos. La justicia no existe, como decía Juan Luis Requejo Pages, no es ni más ni menos que la justicia de las personas, y eso, nunca es justicia. Saludos.

Tiene UJd. razón, D. Ricardo, eso no es justicia. Pero en nuestro sistema jurídico "esa es la justicia". Y todo porque no somos capaces de exigir a nuestros jueces una de las cualidades precisas : HONESTIDAD, que es lo opuesto a la corrupción. Y nuestra incapacidad para tal exigencia deriva de nuestra incapacidad para establecer un método razonado de selección. Mientras la única fórmula sea la de la anacrónica oposición y que el mérito de ascenso sea la antiguedad del escalafón, nunca podremos implantar como principio informador la antedicha honestidad. Ya no digo nada de la capacidad o habilidad, que nunca se podrá conseguir sólo por opositar. Y de otras cualidades ya ni me manifiesto porque sería casi como una "sobredosis" para el normal entender del ciudadano.  Así las cosas, hemos de soportar esta carencia judicial y este nivel ínfimo de la justicia, como institución.

Siempre podrá haber quien aprezca en escena denunciando abiertamente a estos jueces, pero comoquierfa que cuentan con un poder casi absoluto y una absoluta impunidad, es muy difícil arremeter y ganar al primer intento. Pero ya es bueno que nosotros, desde este blog o en otros foros, seamos lo suficientemente leales con nuestros principios y dejemos clara la posición de los jueces y el estado de la justicia.

Sr. Moba:
"Y de otras cualidades ya ni me manifiesto porque sería casi como una "sobredosis" para el normal entender del ciudadano".
Como siempre, preciso una explicación, porque no lo entiendo:
1) ¿Vd. no se manifiesta porque sus conocimientos son una sobredosis para la ciudadanía normal?.
2) ¿Está vd., por tanto, por encima de la media, gozando de un privilegio intelectual que nos es negado a los mortales comunes y corrientes?.
3) Desde su elevada posición de conocimiento, ¿nos ilustra o nos adoctrina, Sr. Moba?; son cosas bien diferentes.
En la escasa -más bien nula- esperanza de que satisfaga mi curiosidad sobre la interpretación de su confusa frase, reciba "el saludo de mi consideración más distinguida".

[...] TRIBUNALES: -El TC pone en peligro el principio de seguridad jurídica. [...]

[...] atajos para dejar impunes conductas de extrema gravedad (a modo de ejemplo citamos el reciente caso de “los albertos”), y pretender mostrar el rigor de la ley con los más humildes, indefensos y [...]

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