Al Bosque de Muniellos se accede a través de una pista hormigonada que discurre junto al río. Durante el otoño es un lugar de extraordinaria belleza, y se puede llegar a hacer fotos como esta, una de mis favoritas.
La foto está tomada a las 13,18 horas del 13 de Noviembre de 2004. Había muy buena luz y la falta de viento permitió utilizar una velocidad lenta, siendo necesaria la utilización del trípode.
Datos de interés:
Camara Canon 20D
Objetivo: zoom 70-200 mm
Focal: 75 mm
Iso: 400
Velocidad: 1/20 segundos
Diafragma f18
El pasado 3 de julio el juez de la Audiencia Nacional Ismael Moreno archivó una querella presentada por la ADADE (Asociación de Abogados Demócratas por Europa) frente a Francisco José Álvarez, Presidente de la AVT (Asociación de Víctimas del Terrorismo) por un presunto delito de calumnias e injurias graves contra el Gobierno, y como consecuencia de las numerosas declaraciones efectuadas por el querellado durante el alto el fuego declarado por ETA y que motivó el fracasado proceso de paz. El archivo, con el informe favorable del fiscal, se produjo por entender el juez instructor que la querella presentada no era de su competencia dado que las afirmaciones no se referían al Gobierno, sino al jefe del Ejecutivo, José Luis Rodríguez Zapatero. En este sentido parece clara la interpretación literal dada al contenido del art. 504 del Código Penal, en el que suponemos se fundamentaba la querella, que establece que “Incurrirán en la pena de multa de doce a dieciocho meses los que calumnien, injurien o amenacen gravemente al Gobierno de la Nación...”; este precepto está incluido en el apartado “Delitos contra las instituciones del Estado“, por lo que parece excluir las conductas presuntamente delictivas cometidas contra personas físicas, aunque sean contra el Presidente del Gobierno, aunque la interpretación podría motivar un interesante debate. Lo que sí parece evidente es que el archivo no está motivado por la inexistencia de delito, sino por ser incompetente la Audiencia Nacional para investigarlo.
El Letrado José María Benítez de Lugo, firmante de la querella, interpuso recurso de apelación en el que ponía de manifiesto que no era a Zapatero a quién se injuriaba y calumniaba, sino al Gobierno de la nación. Y parece evidente que la frase vertida por Alcaraz en noviembre de 2006, afirmando que “es indignante que encontremos al Gobierno y partidos afines defendiendo a terroristas“, parece evidenciarlo. Y las frases vertidas meses después manteniendo que “todo responde a una mentira que van a escenificar la banda terrorista y el Gobierno“, o “hay pruebas más que suficientes de connivencia con los asesinos. Usted y su Gobierno, como interlocutores del mal llamado proceso de paz, no ponen a disposición judicial o policial los datos que permitan la detención de los terroristas con los que se han sentado a hablar...”, lo confirman.
La Sala de lo Penal de la Sección Cuarta de la Audiencia Nacional ha admitido el recurso, aceptando las alegaciones expuestas por el recurrente, siendo ponente la magistrada Teresa Palacios, por lo que una vez que se devuelvan las diligencias al juzgado de Ismael Moreno, éste, muy a su pesar, se verá en la obligación de tramitar la querella y llamar a declarar como imputado al Sr. Alcaraz.
Parece evidente que las reiteradas afirmaciones expuestas por el presidente de la AVT, y escuchadas hasta la saciedad por todos los españoles son calumniosas al acusar al Gobierno deliberadamente, y por ello a sus miembros, de la comisión de presuntas conductas delictivas por colaborar con una banda armada o por ocultación de pruebas; o cuando menos injuriosas, por cuanto lesionan gravemente su dignidad y menoscaban su fama. Y en eso consiste precisamente la diferencia entre calumnia e injuria grave, siendo ambas conductas constitutivas de delito.